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SD 19615 – Expte. 47.579/11 – “Aguirre Elena Roxana c/ El Poderoso Riojano S.R.L. y otro s/ despido” – CNTRAB – SALA IX – 26/09/2014
DESPIDO INDIRECTO. VALORACIÓN DE LA PRUEBA TESTIMONIAL. TESTIGO ÚNICO. Testimonio que debe ser categórico y dar debida razón de sus dichos. Resulta razonable que su valoración sea efectuada con mayor estrictez. NO SE HA ACREDITADO LA IRREGULARIDAD REGISTRAL INVOCADA EN LA MISIVA RESOLUTORIA. Falta de justificación del despido decidido por la trabajadora. RECHAZO DE LA DEMANDA
Citar: elDial.com - AA8AB4
Publicado el 02/12/2014
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Términos mencionados en este fallo: testimonio, categórico, razonable, valoración, efectuada, estrictez, irregularidad, registral.
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