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El derecho de alimentos a los hijos mayores de edad con discapacidad mental e intelectual. La manera de juzgamiento en alimentos debidos a hijos mayores de edad con discapacidad mental o intelectual, según los pronunciamientos judiciales
Por María Silvina Matioli
“… la obligación alimentaria respecto de los hijos varía según la etapa de sus vidas. Pero el legislador olvidó establecer qué pasaría con los hijos mayores de edad y que además padecen de discapacidad mental o intelectual. (…) No se encuentra norma alguna que prevea, la especial situación de los hijos mayores de edad con discapacidad, y hasta dónde se extienden las obligaciones alimentarias de sus progenitores; aplicándose en forma residual la normativa de los parientes.”
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Términos mencionados en esta doctrina: discapacidad, intelectual, alimentos.
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