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junio  30, 2024

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Dictamen de preselección o evaluación de ofertas: reflexiones sobre su naturaleza jurídica y las garantías de impugnación

Por Fernando Gabriel Comadira


“El objetivo de este trabajo consiste en efectuar algunas reflexiones, breves por cierto, relacionadas con los denominados dictámenes de “evaluación de ofertas” y de “preselección” que se emiten en el marco del procedimiento de licitación pública. En el ámbito nacional, el procedimiento de licitación pública puede ser de etapa única o múltiple: el primer caso se da cuando la comparación de las ofertas y de las calidades de los oferentes –es decir su evaluación– se realizan en un mismo paso, el segundo, en cambio, cuando aquella evaluación se efectúa en dos o más etapas o fases. De acuerdo con lo previsto en el art. 26 del Decreto N° 1023/2001 por el que se aprobó el “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” (en adelante, RCAN), la licitación o el concurso públicos o privados serán de etapa única cuando la comparación de las ofertas y de las calidades de los oferentes se realice en un mismo acto. A su vez, la normativa dispone que cuando las características específicas de la prestación, tales como el alto grado de complejidad del objeto o la extensión del término del contrato lo justifiquen, la licitación o el concurso público o privado deberán instrumentarse bajo la modalidad de etapa múltiple. Pues bien, en el marco de una licitación pública de etapa múltiple o de “doble sobre”, entre las diversas etapas que existen desde el inicio del procedimiento hasta el perfeccionamiento del contrato, en lo que aquí interesa, corresponde señalar que luego de la apertura del primer sobre (sobre “A”), las impugnaciones recíprocas entre los oferentes y la evaluación de las ofertas, se emite el denominado “dictamen de preselección”. Por otra parte, en las licitaciones públicas que tramitan bajo la modalidad de etapa única, se emite lo que se llama “dictamen de evaluación de las ofertas”. A continuación, entonces, abordaremos algunas cuestiones vinculadas, específicamente, con la naturaleza jurídica de los dictámenes de preselección y de evaluación de ofertas, la validez de la exigencia de garantías para su impugnación, la determinación del monto de aquellas y procedencia de su devolución.”

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Términos mencionados en esta doctrina: evaluación, ofertas, licitación, preselección, procedimiento, dictamen, reflexiones, dictámenes, nacional, múltiple.

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