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junio  30, 2024

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La constitucionalidad de las medidas de emergencia en el sistema previsional argentino

Por Gisela B. Tavormina


“Durante el año 2020, al convulso contexto que suele caracterizar a la Argentina, se adicionó el preocupante panorama internacional afectado, como lamentablemente recordamos, por la pandemia padecida a nivel mundial. De esta manera, la emergencia inicialmente declarada en las esferas económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social fue extendida ininterrumpidamente durante casi un año. Durante este período, una determinación alarmante tomada en el ámbito del derecho previsional fue la suspensión de la movilidad jubilatoria que regía hasta ese entonces. Esta decisión, significó que todos los cambios futuros relacionados con los aumentos de las prestaciones previsionales quedarían a discreción del poder ejecutivo, delineados mediante decretos posteriores. Como resultado, los afectados por estas medidas buscaron refugio legal en los tribunales, alegando la afectación a sus derechos fundamentales, consagrados esencialmente el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.”

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Términos mencionados en esta doctrina: emergencia, previsional, argentina.

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