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junio  30, 2024

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Resumen de la Doctrina Volver >

El caso Buffoni

La resucitación de la Autonomía de la Voluntad.
La regresión de la Corte Suprema.
Del milagro bíblico al anacronismo jurídico

Por Fernando Shina


“El principio de la autonomía de la voluntad perdió toda eficiencia en la actualidad. Lo decimos sin disimulos: la autonomía de la voluntad es ficta desde lo filosófico, e inútil para la ciencia jurídica porque no sirve para regular relaciones entre partes asimétricas. La autonomía de la voluntad sólo serviría para explicar negociaciones paritarias, que suponen cierto equilibrio entre las partes. Pero esa paridad es precisamente el escenario opuesto al que ocupan los usuarios y los proveedores de bienes y servicios en las relaciones de consumo. No hay igualdad porque el más poderoso subordina al más débil, y no hay voluntad autónoma porque esa autonomía fue suplantada por un deseo insaciable, alimentado por publicidades que juguetean con la voluntad diezmada del consumidor consumido. (…) El fallo Buffoni no ayuda a esa convivencia. Más bien hace todo lo contrario. (…) Al finalizar el considerando 9, la Corte se refiere a otra viejísima regla del derecho privado contenida en el artículo 1.195 y otros del CC: el efecto relativo de los contratos. El sistema de responsabilidad creado por la ley 24.240 hace ceder esos principios que fueron útiles y funcionales a una teoría contractual que, antes de esta resurrección fallida, creíamos superada.”

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Términos mencionados en esta doctrina: voluntad, autonomía, principio, relaciones, consumidor, contratos, contratantes.

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