ACTUALIDAD JURÍDICA
Fallos del día 26-01-2025
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Destacados
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Jurisprudencia
OTORGAN CUIDADO PERSONAL COMPARTIDO INDISTINTO A PESAR DE QUE EL DEMANDADO EJERCIÓ VIOLENCIA HACIA SU EX CÓNYUGE EN PRESENCIA DEL MENOR.
Se rechaza la demanda interpuesta por la madre de un niño, a pesar de que el demandado ejerció violencia hacia ella en presencia del menor. Los magistrados señalaron que no se acreditaron riesgos que justifiquen un cuidado personal unilateral y consideraron que el régimen de cuidado compartido, con residencia principal en el domicilio materno, resulta apropiado. Además, se concluyó que los reparos de la progenitora sobre la peligrosidad del barrio donde reside el demandado no cuentan con pruebas suficientes para modificar el régimen de comunicación fijado previamente.
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Doctrina
PUNTO, SET Y ¿PARTIDO PARA LAS SAD? COMENTARIO AL FALLO “INCIDENTE Nº 1 - ACTOR: ASOCIACIÓN DE FÚTBOL ARGENTINO - DEMANDADO: ESTADO NACIONAL S/INC. APELACIÓN”.
El autor comenta el fallo que confirmó la decisión que hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y ordenó al Estado Nacional la suspensión de los efectos de los arts. 335 y 345 del DNU 70/2023, y de los arts. 2 y 5 del Decreto Reglamentario 730/2024, hasta tanto se dicte la sentencia definitiva.
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Doctrina
EL FALLO “LEVINAS” DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN – UNA RESOLUCIÓN DE ALTO IMPACTO CON CONSECUENCIAS IMPREVISTAS.
La CSJN resolvió que el TSJ es el órgano encargado de conocer en los recursos extraordinarios que se presenten ante la justicia nacional ordinaria de la ciudad, sin embargo, el autor considera que lo esperado hubiera sido que dictara un reglamento que indicara cómo cumplir con dicha doctrina particular. Máxime cuando en la era digital los sistemas que utilizan la justicia nacional ordinaria como la justicia de la ciudad no son compatibles. Para cumplir con “Levinas” ¿Cuáles son los pasos procesales frente a una sentencia de Cámara dictada por la Justicia Nacional Ordinaria con asiento en CABA?
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Jurisprudencia
CONDENA A EMPRESA POR CONGELAR EL SALARIO DEL TRABAJADOR POR MÁS DE TRES AÑOS.
La CNAT consideró justificado el despido en el que se colocó un trabajador al cual se le congeló por tres años su salario. Al entender que aquel estuvo a disposición de la empresa luego de su enfermedad y que aquella le continuó pagando salarios básicos, concluyó que no actualizar su remuneración implicaba un trato arbitrario que justificaba la extinción del vínculo. Incluyó dentro de la base de cálculo el pago de medicina prepaga, el uso del teléfono y computadora provistos por la empresa. Rechazó el reclamo por daño moral al recordar que arbitrariedad y discriminación no son sinónimos.
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Jurisprudencia
SE RECHAZA EL PEDIDO DE UN ABOGADO DE HABILITACIÓN DE FERIA JUDICIAL PARA EL COBRO DE SUS HONORARIOS.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, rechazó la habilitación de feria solicitada por un abogado para la transferencia de honorarios regulados en primera instancia. El tribunal consideró que no se acreditaron razones de urgencia que justifiquen la medida, ya que la liberación de los fondos requiere decisiones propias del trámite regular de la causa. Recordaron que la habilitación de feria procede únicamente en supuestos excepcionales y objetivos, donde exista riesgo serio de afectación de derechos o daño irreparable, y no por demoras inherentes al receso judicial.
Noticias Jurídicas
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