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junio  30, 2024

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El daño punitivo mínimo

Por Adrián Bengolea


“La inflación carcome los créditos de los argentinos. Lo mismo pasa con los reclamos de juicios por restitución dineraria. En la gran mayoría de casos las tasas de intereses reconocidas por la jurisprudencia son negativas, lo que significa que no logran empardar el proceso devaluatorio que sufre nuestra moneda. (…) En el presente trabajo, analizaré esta cuestión desde la óptica del consumidor actor en juicio que reclama la restitución de dinero abonado al proveedor y que por cualquier causa o razón pretende su restitución (incumplimiento, nulidad, arrepentimiento, etc.). Desde este punto de vista, invito al lector a preguntarse, ¿tiene ese consumidor alguna posibilidad ese consumidor de ver protegido su crédito sin que las tasas de intereses negativas importen un negocio para el proveedor? ¿hay alguna forma de evitar este proceso? La respuesta afirmativa se impone: el daño punitivo mínimo.”

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Términos mencionados en esta doctrina: restitución, intereses, negativas, consumidor.

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