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Vigencia de las modificaciones arancelarias adoptadas en el marco de las normas del Mercosur. Intervenciones de la DGA en el contexto de la Resolución GMC Nº 49/19
Por Alejandro D. Perotti
“El presente artículo tiene por finalidad referirse a la vigencia, en la República Argentina, de las modificaciones arancelarias adoptadas en el marco de los instrumentos de política comercial del Mercosur, y a la agilización de algunos trámites vinculados; y, en ese marco, proponer algunas sugerencias para facilitar su aplicabilidad y agilidad. En tal sentido, desde la óptica de los usuarios de los regímenes en cuestión, resulta conveniente hacer algunas consideraciones sobre (a) la forma en que nuestro país pone en vigencia aquellas modificaciones, en especial las que son producto de resoluciones del Grupo Mercado Común o de alteraciones de listas nacionales de excepción, y las demoras que dicho procedimiento acarrea, lo cual repercute severamente, entre otros, en las condiciones de competitividad de las empresas nacionales, y (b) la intervención de la DGA (Dirección General de Aduanas) en el contexto de la Resolución GMC Nº 49/19.”
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Términos mencionados en esta doctrina: vigencia, modificaciones, arancelarias, adoptadas, mercosur.
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