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junio  30, 2024

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El recurso frente a la condena del jurado popular

Por Gustavo A. Herbel


“El veredicto inmotivado del modelo anglo-americano de jurado popular, no se articula fácilmente con garantías procesales incorporadas a nuestra Constitución; el derecho a ser oído, interpretado como la garantía del imputado de conocer las razones de su condena (art. 8.1 CADH y 14.1 PIDCP), así como la facultad de revisar ampliamente tal decisión (arts. 8.2.h CADH y 14.5 PIDCP), representan prerrogativas que no se corresponden con el modelo del cual proviene el juicio por jurados inaugurado por ley 14.543 de la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, que exista dificultad en acoplar una institución que nuestro constituyente viene reclamando desde los albores de nuestra Carta Magna (arts. 24, 75.12 y 118), no significa que sea imposible lograrlo, pese a que nuestro modelo jurídico procesal infraconstitucional, haya sido vaciado en las clásicas estructuras juridiciales continental europeas; especialmente, con la creación de tribunales de casación.” 

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Términos mencionados en esta doctrina: jurado, condena, imputado, veredicto, razones, americano, garantía, garantías, constitución, interpretado.

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