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julio  8, 2024

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La reforma laboral y las derogaciones legislativas forman parte de un retroceso en materia de derecho laborales

Por Flavia Daniela Trombetta


“La reforma introducida por la Ley Bases no sólo desprotege a los trabajadores, sino que también genera un marco de inseguridad y desigualdad en el ámbito laboral. Al eliminar las indemnizaciones por ausencia o deficiencia registral, se socavan principios fundamentales de protección laboral, se fomenta la informalidad y se ignoran los derechos constitucionales de los trabajadores. Es esencial reconsiderar estos cambios para garantizar una protección efectiva y justa de los derechos laborales en Argentina. La protección de los derechos laborales no es solo una cuestión de justicia social, sino también de desarrollo económico y estabilidad social. Desregular es desproteger, y esta reforma, lejos de avanzar en la protección de los derechos laborales, representa un grave retroceso que debe ser urgentemente revisado y corregido.”


Citar: elDial.com - DC3477



Publicado el 08/07/2024

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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La reforma laboral y las derogaciones legislativas forman parte de un retroceso en materia de derecho laborales.

Análisis crítico sobre la eliminación de indemnizaciones derivadas de la ausencia o deficiencia registral.

 

Por Flavia Daniela Trombetta(*)

 

 

Analizaremos el último capítulo de la Ley de Bases, capítulo VI donde se dedica a la derogación de leyes fundamentales que hacen al derecho del trabajo.

 

Entre las más destacadas, hablamos de la derogación de artículos de la ley 24.013, 25.013, 25.345, 26.727, 26.844. Y de la derogación de la Ley 25.323.

 

La reciente aprobación por parte de la Cámara Baja de la reforma laboral incluida en la Ley Bases, que elimina las indemnizaciones contempladas en las leyes 24.013 y 25.323, ha generado una gran preocupación entre expertos en derecho laboral y defensores de los derechos de los trabajadores. Este cambio legislativo, que suprime la reparación tarifada por ausencia o deficiencia en la registración laboral, representa un grave retroceso en la protección de los trabajadores y contradice los principios fundamentales de progresividad, no regresividad e indemnidad que deberían guiar cualquier reforma en materia laboral.

 

 

Impacto en los derechos laborales

 

La eliminación de estas indemnizaciones plantea una serie de problemas críticos que merecen ser analizados:

 

1. Igualdad en la desigualdad: La reforma propuesta implicaría que, por ejemplo, en caso de despido, un trabajador correctamente registrado y otro registrado de manera deficiente recibirán la misma indemnización. Este enfoque no solo es injusto, sino que también ignora las desventajas y el daño sufrido por el trabajador mal registrado. La falta de una compensación adecuada para el trabajador marginado por la deficiencia registral constituye una regresión significativa en la protección de sus derechos. Esta modificación equipara situaciones desiguales, ignorando la realidad de la precarización laboral y desprotección de los trabajadores mal registrados.

 

2.  Falta de reparación adecuada: La supresión de la indemnización tarifada priva al trabajador de una compensación justa por el daño causado por la deficiente registración. Bajo la nueva normativa, los perjuicios sufridos por el trabajador podrían superar incluso aquellos derivados de un despido arbitrario, sin que se le otorgue la reparación correspondiente. Esto resulta en una evidente desprotección y vulneración de derechos. La indemnización tarifada no solo funciona como un mecanismo de reparación, sino también como un desincentivo para la informalidad laboral.

 

3. Incompatibilidad con la Constitución Nacional y con los Tratados internacionales con jerarquía constitucional: La reforma laboral colisiona directamente con el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza condiciones dignas y equitativas de trabajo. Asimismo, contraviene la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, cuyo artículo 39 establece el derecho al trabajo en condiciones dignas y equitativas, y principios como la irrenunciabilidad y la progresividad en materia laboral, que se encuentran consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos — Pacto de San José de Costa Rica (artículo 26), y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 2.1), ambos con jerarquía constitucional en virtud del artículo 75 inciso 22 C.N. La eliminación de las indemnizaciones por deficiencia registral viola estos principios fundamentales, comprometiendo la dignidad y equidad en el ámbito laboral.

 

 

La desprotección del trabajador no registrado

 

El trabajo no registrado es, por definición, un trabajo en condiciones indignas. La nueva normativa, al eliminar las indemnizaciones por deficiencia registral, no sólo desincentiva la formalización de las relaciones laborales, sino que también legaliza, de facto, el incumplimiento de las obligaciones de registro por parte de los empleadores. Esta medida representa un claro retroceso en la lucha contra la informalidad laboral.

 

1. Fomento de la Informalidad: La reforma podría ser vista como una invitación a la desprotección de los trabajadores más vulnerables, al eliminar las sanciones que se aplican a los empleadores por no registrar adecuadamente a sus empleados. Esta flexibilización legislativa no contribuye a mejorar las condiciones laborales ni a garantizar el respeto de los derechos de los trabajadores. Por el contrario, fomenta un entorno laboral donde la informalidad y la precariedad se convierten en la norma.

 

2.  Inseguridad Jurídica: La eliminación de indemnizaciones específicas no garantiza la seguridad jurídica ni para los empleadores ni para los trabajadores. Al no poder prever el monto de la reparación en caso de litigio, los empleadores enfrentarían una incertidumbre constante, mientras que los trabajadores verían sus derechos aún más diluidos. Esta inseguridad jurídica puede resultar en un aumento de conflictos laborales y judicialización de los reclamos, generando un ambiente de inestabilidad y desconfianza.

 

 

Consecuencias

 

De aprobarse la reforma y derogarse las indemnizaciones establecidas en las leyes 24.013 y 25.323, los trabajadores perderán un recurso crucial para protegerse contra la clandestinidad. Sin embargo, podrían recurrir al Código Civil y Comercial de la Nación para reclamar reparaciones no tarifadas basadas en el principio de "alterum non laedere" (no dañar a otro), consagrado en el artículo 19 de la Constitución Nacional.

 

1. Reclamos por Discriminación: La falta de registración adecuada puede ser considerada una forma de discriminación, permitiendo a los trabajadores recurrir a la Ley 23.592 para reclamar daños. Como se ha señalado doctrinariamente[1], la clandestinización de la relación laboral constituye una sofisticada forma de discriminación que excluye a los trabajadores afectados del ámbito normativo que debería protegerlos. Esta discriminación no solo es una violación de los derechos laborales, sino también de los derechos humanos fundamentales.

 

2. Reparaciones Integrales: La eliminación de las indemnizaciones tarifadas podría dar lugar a reclamaciones más complejas y costosas para los empleadores. Los trabajadores podrían exigir reparaciones integrales que incluyan el mantenimiento del vínculo laboral, el pago de salarios caídos, y compensaciones por pérdida de oportunidades y daños extrapatrimoniales, conforme a los artículos 1738, 1740 y 1741 del Código Civil y Comercial. Esta situación no solo genera mayor incertidumbre jurídica, sino que también podría aumentar la carga económica para los empleadores.

 

 

Trabajadores de Casas Particulares

 

También se deroga el artículo 50 de la ley 26.844, que duplica la indemnización por despido en casos de registración deficiente o inexistente para trabajadores de casas particulares. Este colectivo, históricamente desprotegido y con altas tasas de informalidad, pierde una herramienta crucial para asegurar sus derechos laborales.

 

 

Conclusión

 

La reforma introducida por la Ley Bases no sólo desprotege a los trabajadores, sino que también genera un marco de inseguridad y desigualdad en el ámbito laboral. Al eliminar las indemnizaciones por ausencia o deficiencia registral, se socavan principios fundamentales de protección laboral, se fomenta la informalidad y se ignoran los derechos constitucionales de los trabajadores. Es esencial reconsiderar estos cambios para garantizar una protección efectiva y justa de los derechos laborales en Argentina. La protección de los derechos laborales no es solo una cuestión de justicia social, sino también de desarrollo económico y estabilidad social. Desregular es desproteger, y esta reforma, lejos de avanzar en la protección de los derechos laborales, representa un grave retroceso que debe ser urgentemente revisado y corregido.

 

No hay mucho para esbozar cuando estamos en la puerta de la aprobación de una nueva ley que deroga leyes que protegen al trabajo y castiga aquellos que no pagan las indemnizaciones en su debido tiempo. La jurisprudencia comenzará desde julio del 2024 un camino que llenará los vacíos que dejará la derogación de este paquete de normas laborales.



(*) Abogada laboralista. T 136 F 182 CPACF. Titular del Estudio Jurídico FT ABOGADOS

[1] ACKERMAN, Mario E., “Algunas posibles consecuencias de la eliminación o cambio de destino de las mal llamadas multas de las Leyes 24013 y 25323 y del artículo 80 de la LCT”, Rubinzal Culzoni, Revista Online, viernes 17 de noviembre de 2017.

  

Citar: elDial.com - DC3477



Publicado el 08/07/2024

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