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La reforma laboral y las derogaciones legislativas forman parte de un retroceso en materia de derecho laborales
Por Flavia Daniela Trombetta
“La reforma introducida por la Ley Bases no sólo desprotege a los trabajadores, sino que también genera un marco de inseguridad y desigualdad en el ámbito laboral. Al eliminar las indemnizaciones por ausencia o deficiencia registral, se socavan principios fundamentales de protección laboral, se fomenta la informalidad y se ignoran los derechos constitucionales de los trabajadores. Es esencial reconsiderar estos cambios para garantizar una protección efectiva y justa de los derechos laborales en Argentina. La protección de los derechos laborales no es solo una cuestión de justicia social, sino también de desarrollo económico y estabilidad social. Desregular es desproteger, y esta reforma, lejos de avanzar en la protección de los derechos laborales, representa un grave retroceso que debe ser urgentemente revisado y corregido.”
Citar: elDial.com - DC3477
Publicado el 08/07/2024
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
La
reforma laboral y las
derogaciones legislativas forman parte de un retroceso en materia de
derecho
laborales.
Análisis
crítico sobre la
eliminación de indemnizaciones derivadas de la ausencia o deficiencia
registral.
Por
Flavia Daniela Trombetta(*)
Analizaremos
el último capítulo de la Ley de Bases, capítulo VI donde se dedica a la
derogación de leyes fundamentales que hacen al derecho del trabajo.
Entre
las
más destacadas, hablamos de la derogación de artículos de la ley
24.013,
25.013, 25.345, 26.727, 26.844. Y de la derogación de la Ley 25.323.
La
reciente aprobación por parte de la Cámara Baja de la reforma laboral
incluida
en la Ley Bases, que elimina las indemnizaciones contempladas en las
leyes
24.013 y 25.323, ha generado una gran preocupación entre expertos en
derecho
laboral y defensores de los derechos de los trabajadores. Este cambio
legislativo, que suprime la reparación tarifada por ausencia o
deficiencia en
la registración laboral, representa un grave retroceso en la protección
de los
trabajadores y contradice los principios fundamentales de
progresividad, no
regresividad e indemnidad que deberían guiar cualquier reforma en
materia
laboral.
Impacto
en los derechos laborales
La
eliminación de estas indemnizaciones plantea una serie de problemas
críticos
que merecen ser analizados:
1. Igualdad
en la
desigualdad:
La reforma propuesta implicaría que, por ejemplo, en caso de despido,
un
trabajador correctamente registrado y otro registrado de manera
deficiente
recibirán la misma indemnización. Este enfoque no solo es injusto, sino
que
también ignora las desventajas y el daño sufrido por el trabajador mal
registrado. La falta de una compensación adecuada para el trabajador
marginado
por la deficiencia registral constituye una regresión significativa en
la
protección de sus derechos. Esta modificación equipara situaciones
desiguales,
ignorando la realidad de la precarización laboral y desprotección de
los
trabajadores mal registrados.
2. Falta
de reparación
adecuada:
La supresión de la indemnización tarifada priva al trabajador de una
compensación justa por el daño causado por la deficiente registración.
Bajo la
nueva normativa, los perjuicios sufridos por el trabajador podrían
superar
incluso aquellos derivados de un despido arbitrario, sin que se le
otorgue la
reparación correspondiente. Esto resulta en una evidente desprotección
y
vulneración de derechos. La indemnización tarifada no solo funciona
como un
mecanismo de reparación, sino también como un desincentivo para la
informalidad
laboral.
3.
Incompatibilidad
con la
Constitución Nacional y con los Tratados internacionales con jerarquía
constitucional:
La reforma laboral colisiona directamente con el artículo 14 bis de la
Constitución Nacional, que garantiza condiciones dignas y equitativas
de
trabajo. Asimismo, contraviene la Constitución de la Provincia de
Buenos Aires,
cuyo artículo 39 establece el derecho al trabajo en condiciones dignas
y
equitativas, y principios como la irrenunciabilidad y la progresividad
en
materia laboral, que se encuentran consagrados en la Convención
Americana sobre
Derechos Humanos — Pacto de San José de Costa Rica (artículo 26), y en
el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo
2.1),
ambos con jerarquía constitucional en virtud del artículo 75 inciso 22
C.N. La
eliminación de las indemnizaciones por deficiencia registral viola
estos principios
fundamentales, comprometiendo la dignidad y equidad en el ámbito
laboral.
La
desprotección del trabajador no registrado
El
trabajo no registrado es, por definición, un trabajo en condiciones
indignas.
La nueva normativa, al eliminar las indemnizaciones por deficiencia
registral,
no sólo desincentiva la formalización de las relaciones laborales, sino
que
también legaliza, de facto, el incumplimiento de las obligaciones de
registro
por parte de los empleadores. Esta medida representa un claro retroceso
en la
lucha contra la informalidad laboral.
1. Fomento
de la
Informalidad:
La reforma podría ser vista como una invitación a la desprotección de
los
trabajadores más vulnerables, al eliminar las sanciones que se aplican
a los
empleadores por no registrar adecuadamente a sus empleados. Esta
flexibilización legislativa no contribuye a mejorar las condiciones
laborales
ni a garantizar el respeto de los derechos de los trabajadores. Por el
contrario, fomenta un entorno laboral donde la informalidad y la
precariedad se
convierten en la norma.
2. Inseguridad
Jurídica:
La eliminación de
indemnizaciones específicas no garantiza la seguridad jurídica ni para
los
empleadores ni para los trabajadores. Al no poder prever el monto de la
reparación en caso de litigio, los empleadores enfrentarían una
incertidumbre
constante, mientras que los trabajadores verían sus derechos aún más
diluidos.
Esta inseguridad jurídica puede resultar en un aumento de conflictos
laborales
y judicialización de los reclamos, generando un ambiente de
inestabilidad y
desconfianza.
Consecuencias
De
aprobarse la reforma y derogarse las indemnizaciones establecidas en
las leyes
24.013 y 25.323, los trabajadores perderán un recurso crucial para
protegerse
contra la clandestinidad. Sin embargo, podrían recurrir al Código Civil
y
Comercial de la Nación para reclamar reparaciones no tarifadas basadas
en el
principio de "alterum non laedere" (no dañar a otro), consagrado en
el artículo 19 de la Constitución Nacional.
1. Reclamos
por
Discriminación:
La falta de registración adecuada puede ser considerada una forma de
discriminación, permitiendo a los trabajadores recurrir a la Ley 23.592
para
reclamar daños. Como se ha señalado doctrinariamente[1],
la clandestinización de la relación laboral constituye una sofisticada
forma de
discriminación que excluye a los trabajadores afectados del ámbito
normativo
que debería protegerlos. Esta discriminación no solo es una violación
de los
derechos laborales, sino también de los derechos humanos fundamentales.
2. Reparaciones
Integrales:
La eliminación de las indemnizaciones tarifadas podría dar lugar a
reclamaciones más complejas y costosas para los empleadores. Los
trabajadores
podrían exigir reparaciones integrales que incluyan el mantenimiento
del
vínculo laboral, el pago de salarios caídos, y compensaciones por
pérdida de
oportunidades y daños extrapatrimoniales, conforme a los artículos
1738, 1740 y
1741 del Código Civil y Comercial. Esta situación no solo genera mayor
incertidumbre jurídica, sino que también podría aumentar la carga
económica
para los empleadores.
Trabajadores
de Casas Particulares
También
se deroga el artículo 50 de la ley 26.844, que duplica la indemnización
por
despido en casos de registración deficiente o inexistente para
trabajadores de
casas particulares. Este colectivo, históricamente desprotegido y con
altas
tasas de informalidad, pierde una herramienta crucial para asegurar sus
derechos laborales.
Conclusión
La
reforma introducida por la Ley Bases no sólo desprotege a los
trabajadores,
sino que también genera un marco de inseguridad y desigualdad en el
ámbito
laboral. Al eliminar las indemnizaciones por ausencia o deficiencia
registral,
se socavan principios fundamentales de protección laboral, se fomenta
la
informalidad y se ignoran los derechos constitucionales de los
trabajadores. Es
esencial reconsiderar estos cambios para garantizar una protección
efectiva y
justa de los derechos laborales en Argentina. La protección de los
derechos
laborales no es solo una cuestión de justicia social, sino también de
desarrollo económico y estabilidad social. Desregular es desproteger, y
esta
reforma, lejos de avanzar en la protección de los derechos laborales,
representa
un grave retroceso que debe ser urgentemente revisado y corregido.
No
hay
mucho para esbozar cuando estamos en la puerta de la aprobación de una
nueva
ley que deroga leyes que protegen al trabajo y castiga aquellos que no
pagan
las indemnizaciones en su debido tiempo. La jurisprudencia comenzará
desde
julio del 2024 un camino que llenará los vacíos que dejará la
derogación de
este paquete de normas laborales.
(*) Abogada
laboralista. T 136 F 182 CPACF.
Titular del Estudio Jurídico FT ABOGADOS
[1]
ACKERMAN, Mario E., “Algunas posibles consecuencias de la
eliminación o cambio de destino de las mal llamadas multas de las Leyes
24013 y
25323 y del artículo 80 de la LCT”, Rubinzal Culzoni, Revista Online,
viernes
17 de noviembre de 2017.
Citar: elDial.com - DC3477
Publicado el 08/07/2024
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