El letrado envió a su cliente un audio de WhatsApp, el que expresamente reconoció, en el que le decía: “…te hago saber que hoy presenté un escrito desistiendo de pedir honorarios por el trámite de la quiebra. Así que quedamos a mano, no tenemos nada que reclamarnos…”. Por ello, si el letrado desistió de su pedido de regulación, y manifestó por WhatsApp a su deudor que nada tenía que reclamarle, la posterior pretensión de que la fallida le pague sus honorarios importa una contradicción con sus propios actos, lo que es inadmisible por contravenir la buena fe.
Fallo admite la aplicación de la tasa activa para la liquidación de los intereses por mora en el pago de los honorarios de un abogado. Los magistrados hicieron hincapié en que sostener la tasa pasiva admitida en instancia de grado alteraría el derecho de propiedad del letrado, ya que establecería un precio invariable del dinero adeudado por tiempo indeterminado, sin considerar las fluctuaciones cíclicas por las que atraviesa el país y comprometiendo a la integridad del crédito.
Ante la resolución que dispuso la suspensión del lanzamiento decretado por el plazo de diez días, a fin de que el Ministerio de la Defensa adopte las medidas que estime corresponder; la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal desestimó el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público, en el que planteaba que se había vulnerado la garantía de debido proceso al limitar la intervención de la defensoría de menores, denegando su calidad de parte.
La Cámara en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento del abogado acusado de romper la mesa de entradas de un juzgado en el marco de una discusión con los funcionarios judiciales. Se señala la afectación a bienes estatales (art 183 agravado por art 184 inc 5 CP).
La Justicia Laboral estimó como procedente el reclamo actoral. La trabajadora se desempeñaba como productora de la Radio AM 870. Al no estar registrada, intimó a la correcta registración de su vínculo laboral y ante la negativa, se dio por despedida. La accionada reconoció la prestación de servicios del actor y eso activó la presunción del art. 23 LCT, la cual no fue desvirtuada.
Este número especial temático del Suplemento Nuevas Tecnologías e Inteligencia Artificial de elDial.com está dedicado a ChatGPT. Los autores Horacio Granero, Juan Darío Veltani, Macarena Mansilla, Walter Carnota, Lucas de Venezia, Marco Rossi, Sebastián Gamen y Susana Eloísa Mender Bini, reflexionan sobre esta nueva tecnología como una Inteligencia Artificial que producirá grandes cambios en las formas de trabajar, de estudiar y, acaso ¿Será una IA que revolucionará la abogacía?...
En este curso abordaremos las nociones introductorias del contrato de donación y su régimen legal en el derecho argentino. Para ello se analizarán, entre otras cuestiones, sus elementos esenciales, su utilidad y finalidad económica y los conflictos más comunes que se suscitan, especialmente en lo que atañe a las donaciones inmobiliarias. Teniendo en consideración el panorama legislativo y jurisprudencial actual en la materia, nos referiremos también a la conveniencia o inconveniencia de su utilización en la práctica.
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