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Análisis preliminar de las reformas impositivas en curso
Por Daniel Dubin
Publicado por elDial.com
“Si bien el objetivo de estos anuncios y del Decreto 353/2025 es el de incentivar el uso del dólar informal y fomentar su ingreso al sistema sin que los ciudadanos se sientan “perseguidos por ARCA” deben tenerse en cuenta algunas cuestiones: a) ARCA no se encuentra relevado de su obligación de fiscalizar y la ley de procedimientos tributarios 11.683, entre sus presunciones que derivan en determinaciones de oficio por “incrementos patrimoniales no justificados” sigue vigente. Por esta razón si en el marco de una fiscalización se detectasen bienes adquiridos con dólares no declarados originalmente hoy el contribuyente se vería expuesto a una determinación de impuestos más el sumario por multas más una eventual denuncia penal (recordar el exiguo monto de $ 1.500.000 como condición objetiva de punibilidad para la evasión simple y de $ 15.000.00 para la evasión agravada); b) ¿Si efectivamente se reducen los períodos de prescripción las determinaciones de oficio iniciadas con anterioridad a las nuevas disposiciones deberían considerarse también prescriptas? Entiendo que sí, aunque seguramente generará debate doctrinario; c) Si ARCA está en condiciones de predeterminar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias para el ejercicio fiscal 2025 sobre la base de información obrante en el organismo debe entenderse que si bien se derogan regímenes de información (tal vez inoperantes hoy en día), el organismo dispone de datos idóneos, correctos y completos para determinar ingresos gravados y gastos deducibles de fuente argentina.(Cabe aclarar que el decreto 325/ 2025 aclaró que este régimen será sólo de aplicación para quienes obtengan ingresos rentas de fuente argentina únicamente); d) Naturaleza de la declaración y la posibilidad de detección de bienes al no existir la obligación de declarar más los bienes al inicio y al cierre del ejercicio fiscal, la posibilidad de detectar inconsistencias si bien se reducen, no desaparece y en ese contexto deberán analizarse las consecuencias para el fisco y los contribuyentes de la detección de ingresos no incluidos por ARCA en su propuesta de liquidación del impuesto.”
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Términos mencionados en esta doctrina: ingresos, anuncios, obligación.
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