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¿Travesticidio? a propósito del caso “Sacayán”
Por Jorge Eduardo Buompadre
Publicado por elDial.com
“… la condena del acusado de la muerte de Sacayán fue fundamentada -según se lee en la sentencia- en que se pudo acreditar en el proceso un contexto de violencia excesiva y de profunda discriminación de la víctima como travesti, elemento que permitió construir el concepto de travesticidio, como una forma particular de cometer un asesinato. Sin perjuicio de lo expuesto, es verdad lo que se afirma en la sentencia, de que estos crímenes de odio o prejuicio discriminatorio en razón de la identidad de género deben ser castigados con la máxima pena que prevé el Código penal, porque se trata de casos de asesinatos cometidos con extrema violencia y con una motivación discriminatoria, pero -y en esto debo insistir- agregar en el marco de estos argumentos el delito de femicidio cuando la víctima es un hombre autopercibido mujer, merced a los protocolos de la ley de Identidad de Género, creo que implica un encuadramiento jurídico penal del hecho motivo de juzgamiento no sólo incorrecto, sino también peligroso, porque -más allá de que dicha tipificación debería promoverse en las instancias legislativas, algo que no ocurrió con el proyecto original que finalmente fue sancionado- instala un precedente que violenta, no solo el principio de legalidad sino también el principio de seguridad jurídica.”
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Términos mencionados en esta doctrina: sentencia, identidad, travesticidio, violencia, concepto, términos.
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