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La firma ológrafa digitalizada ¿es válida?
Por Sebastián G. Onocko
Publicado por elDial.com
"Este tipo de firma para el juzgado no era válido, y se tuvo a la presentación como un 'acto inexistente carente de efectos', al no contar con el requisito esencial de la firma, ya que la misma no era ni digital, ni ológrafa en sentido estricto."
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Términos mencionados en esta doctrina: electrónica, digital, ológrafa, presentación, requisito, realizada, patrocinado, voluntad, constituía, integridad.
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