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EXPTE. N° 71359/2015 - “Ordoñez Cesar Fernando c/ ACYR S.A. Y Otro s/ Despido” – CNTRAB - SALA V – 05/12/2022
Publicado por elDial.comTRABAJADOR DE VIGILANCIA. TERCERIZACIÓN DE ACTIVIDADES. ACTIVIDAD NORMAL Y ESPECÍFICA DEL CONSORCIO DE PROPIETARIOS. Se encuentra justificado el despido indirecto en el que se colocó el actor. Irregular operatoria de la empleadora al momento de abonar las remuneraciones. Extensión de la condena, en forma solidaria, al Consorcio de Propietarios en el que el trabajador cumplía sus tareas. La actividad de vigilancia, teniendo en cuenta la particularidad del edificio en el que el trabajador prestaba servicios, hace a su actividad normal y específica. Art. 30 LCT. Se confirma parcialmente la decisión de primera instancia.
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Términos mencionados en este fallo: actividad, consorcio, vigilancia, normal, propietarios, trabajador, operatoria, indirecto, irregular, empleadora.